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¿Cómo se fiscaliza el Ruido?


Superintendencia de Medio Ambiente (SMA)

Para verificar si la actividad emisora de ruido cumple con los límites establecidos en la normativa (D.S. Nº 38/2011 MMA), los fiscalizadores de la SMA deben realizar mediciones de ruido en el lugar afectado y en el horario en que se producen las mayores molestias. Lo anterior podrá requerir contactar previamente a la persona afectada para coordinar una visita, especialmente si ésta debe efectuarse en horario nocturno.

Si las mediciones de ruido entregan resultados por sobre lo permitido podrían iniciarse sumarios en contra de la actividad emisora, los que tienen como objetivo determinar las responsabilidades, aplicar sanciones y dictar medidas para dar cumplimiento a la normativa.


Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones (Buses)
La verificación del cumplimiento del D.S. Nº 129/2002 es responsabilidad de los Inspectores Fiscales del Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones, Municipios y Carabineros de Chile.El control de la normativa se realiza durante las revisiones técnicas periódicas, y en los controles de rutina que se realicen en la vía pública.

La certificación del nivel de ruido es realizada por el Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones, a través del Centro de Control y Certificación Vehícular (3CV) y se aplica a los buses nuevos destinados a prestar servicios de locomoción colectiva urbana en todo el país y aquellos que prestan servicios de locomoción colectiva rural en la Región Metropolitana de Santiago, y se realiza respecto de los niveles máximos de emisión de ruido medidos de forma estática y dinámica conforme a lo establecido por el D.S. Nº 129/2002 del Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones.
Municipios
Los Municipios fiscalizan a través de los Inspectores Municipales según lo dispuesto en sus respectivas Ordenanzas Municipales de ruidos molestos u otra Ordenanza Municipal que refiera sobre el Ruido.

Estas Ordenanzas pueden hacerse cargo de problemas que afectan a la comunidad en los que no necesariamente se requieren mediciones. En su mayoría, establecen regulaciones absolutas, prohibiendo la generación de ruidos molestos hacia la comunidad. Cada municipalidad puede definir su ordenanza de ruidos molestos de manera particular en función de sus recursos, las necesidades propias de la comuna, sus barrios y habitantes. Estas ordenanzas son fiscalizadas por Inspectores Municipales y Carabineros de Chile y sancionadas por los Juzgados de Policía Local.
Carabineros de Chile.
Carabineros de Chile acude al lugar de donde proviene el ruido para pedir que éste cese. Si persiste, la policía se presenta por segunda vez, se cursa la infracción correspondiente y el infractor queda citado al Juzgado de Policía Local. En caso que el ruido sea muy elevado, o se reciba de mala manera a Carabineros, éstos cursarán el parte en la primera visita, de acuerdo a lo que establece su manual de procedimiento.
Las infracciones cursadas por carabineros causan citaciones al tribunal con multas que pueden llegar a las 5 UTM. El monto de la multa dependerá de lo establecido en la Ordenanza Municipal sobre ruidos molestos o la que corresponda.